Tribunal ambiental condena a Endesa por daño ambiental en Lota y Coronel
El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, condenó a la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa) como responsable del daño ambiental en el componente aire de las comunas de Lota y Coronel, en la demanda interpuesta por más de 900 personas y organizaciones de ambas comunas, por la operación de la Central Termoeléctrica Bocamina.
En la sentencia, pronunciada por los Ministros Sr. Michael Hantke Domas, Sr. Roberto Pastén Carrasco y Sr. Pablo Miranda Nigro, se estableció que Endesa sobrepasó la norma de emisión de termoeléctricas durante 340 horas, en 2014. Dicha superación, sumado a la ubicación de la planta en una zona saturada por material particulado (MP2,5), condición ambiental que permanece hasta la actualidad, permite concluir su responsabilidad en el daño ambiental.
“Estos sentenciadores son de la opinión que la actuación culposa de ENDESA al exceder durante 340 horas, durante el año 2014, el límite impuesto por la Norma de Emisión para Termoeléctricas para MP (50 mg/Nm3), ha contribuido al daño ambiental, por lo que debe quedar por establecido el nexo causal”, señaló la sentencia.
Según el fallo, las emisiones de la Central Termoeléctrica Bocamina representaron el año 2013 más del 5% de todas las emisiones (MP10 y MP2,5), provenientes de fuentes puntuales, de las comunas de Lota y Coronel, por lo que la superación de la norma de emisiones para termoeléctricas influyó directa y significativamente en la calidad de aire de la zona, configurando el daño ambiental demandado.
Además, el Tribunal descartó daño ambiental al agua y al suelo, por falta de evidencia; y rechazó el argumento de prescripción del daño, alegado por Endesa, debido a que éste se ha producido de forma constante.
El fallo condenó a la empresa a reparar el medioambiente, por lo que deberá disminuir en un 30% las emisiones de material particulado de la Central Termoeléctrica Bocamina, hasta que entre en vigencia el plan de descontaminación del Gran Concepción.
“El CT Bocamina deberá presentar a este Tribunal un plan que indique cómo alcanzará el límite que fija la presente sentencia, dentro de los siguientes 6 meses luego de que el fallo quede firme y ejecutoriado, debiendo indicar las actividades a desarrollar para disminuir sus emisiones de MP y alcanzar el objetivo definido, en un plazo máximo de un año, una vez presentado y aprobado el plan por este Tribunal” puntualizó la resolución.
El caso de Colbún
También este lunes, el Tribunal Ambiental de Valdivia dictó sentencia en la demanda presentada por más de 30 personas y organizaciones en contra de la Central Santa María de Colbún, ubicada en la comuna de Coronel.
En dicha causa, el Tribunal -también integrado por los Ministros Sr. Michael Hantke Domas, Sr. Roberto Pastén Carrasco y Sr. Pablo Miranda Nigro- estimó que, aunque existió daño ambiental en el componente aire de la comunas de Lota, Coronel y Talcahuano, los demandantes no probaron la responsabilidad de la empresa en dicho daño, por lo que se desestimó la demanda.
“Los Demandantes no probaron infracción alguna de COLBÚN a la normativa ambiental específica que conlleva la culpa infraccional del art. 52 LBGMA. Además, cumpliendo con la carga de la persuasión, la Demandada aportó evidencia que efectivamente cumple con la Norma de Emisión de Termoeléctricas (Considerando Trigésimo quinto)” sentencia el fallo.