Sobre gastos reservados contralor notificó de rendiciones insuficiente en el 2016
En junio de 2016, el contralor general de la República, Jorge Bermúdez, recién estaba asumiendo su nueva función. Había llegado a su cargo hacía seis meses y en ese tiempo hubo un episodio que le llamó especialmente la atención: la rendición de gastos reservados por parte de instituciones públicas que tienen asignado ese presupuesto.
Bermúdez tuvo que analizar por primera vez la forma en que las reparticiones del Estado, como, por ejemplo, las Fuerzas Armadas (FF.AA.), informan al organismo sobre estos recursos utilizados.
Según conocedores del proceso, en el caso de las instituciones castrenses, los comandantes en jefe de cada rama acuden a la oficina del contralor de turno con un sobre cerrado que en su interior trae la rendición -reservada y genérica- junto a una declaración jurada. El contenido es leído, luego archivado y tras ello se finaliza la revisión.
Bermúdez determinó que tenía que alertar al Ejecutivo sobre esta práctica que recién conocía. Así, decidió redactar el oficio reservado 45.700, al que tuvo acceso La Tercera, y que fue remitido a la entonces Presidenta Michelle Bachelet el 21 de junio de 2016.
En el documento de dos páginas, Bermúdez aseguró que la rendición de gastos “carece de una aplicación práctica”. Luego añadió que “la documentación proporcionada no puede, en rigor, ser considerada como una rendición de cuentas propiamente tal. (…) Ello considerando que los gastos se informan sin antecedentes de respaldo alguno que permita verificar su correcto uso”.
El oficio detalla la forma prevista en la Ley 19.863, promulgada en 2003, la que regula los gastos reservados de las FF.AA. y de otras nueve instituciones públicas: la Presidencia, el Ministerio del Interior, Cancillería, la Dirección de Fronteras y Límites del Estado, el Ministerio de Defensa, la Subsecretaría para las FF.AA., Carabineros, PDI y la Agencia Nacional de Inteligencia.
Bermúdez advirtió, además, que “esta Contraloría debe limitarse a hacer fe del contenido de lo informado, careciendo de los medios para comprobar si los recursos asignados en cada caso han sido efectivamente invertidos en la forma en que la ley prevé”. Todo eso lo hizo concluir que se trata de una normativa que “resulta completamente insuficiente”.