Sin fondo solidario y sin impuestos: Así quedó la reforma por el retiro de los fondos de pensiones

Tras casi nueve horas de sesión, el Senado despachó la noche de este miércoles la reforma constitucional que permite el retiro de hasta el 10 por ciento de los fondos de pensiones por única vez, con la mayoría de las indicaciones que fueron presentadas por la Comisión de Constitución, aunque sin el fondo colectivo solidario que también había sido rechazado en la Cámara de Diputadas y Diputados.

La votación de la reforma constitucional en general obtuvo 29 votos a favor, 13 en contra y una abstención, con cinco votos de senadores oficialistas apoyando el retiro de fondos de AFP y Francisco Chahuán de RN absteniéndose.

Si bien el intento de algunos parlamentarios oficialistas de limitar el acceso al retiro de fondos solo para quienes hayan sido perjudicados económicamente por la pandemia, que fue denominada “la letra chica” por la oposición, no prosperó en la Comisión de Constitución, si se establecieron algunos parámetros para esta reforma.

Los senadores aprobaron que los fondos retirados no constituirán renta, es decir, no se pagará impuesto por el retiro de este dinero. Además, se acordó que estos no podrán ser retenidos, embargados o descontados por alguna deuda de forma automática por entidades fiscales o bancarias, aunque sí se podría hacer en caso que el cotizante tenga deudas por pensión de alimentos.

La reforma constitucional debe terminar su trámite legislativo, es decir, volver a la Cámara de Diputadas y Diputados para que sean ratificadas estas indicaciones ingresadas por el Senado, y luego ser promulgada, si el gobierno o los parlamentarios oficialistas no deciden acudir al Tribunal Constitucional o el Presidente presentar un veto.

El inciso cuarto aprobado también con 29 votos a favor y 14 en contra, da un plazo de hasta 365 días, es decir, un año a las personas para optar por el retiro de sus fondos de pensiones, independiente si continúa o no el Estado de Excepción decretado por el gobierno.

La entrega de estos fondos se deberá hacer en dos cuotas. La primera en un máximo de diez días hábiles desde que el cotizante haga la solicitud y la segunda con un plazo máximo de 30 días hábiles luego del primer pago.

El Senado también determinó que el traspaso del dinero se podrá hacer de manera virtual, en cuentas bancarias o RUT para evitar aglomeraciones en las Aseguradoras de Fondos de Pensiones (AFP), y sin costo extra para quienes lo reciban.

Fondo colectivo solidario

Con 7 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones, el inciso sobre la creación del Fondo Colectivo Solidario de Pensiones fue rechazado por el Senado, al igual como ocurrió en la Cámara de Diputadas y Diputados.

El fondo pretendía consolidarse con aportes de empleadores y del Estado y su objetivo se basaba en el financimiento progresivo de los complementos de pensiones que se necesiten. Asimismo, podía ayudar a compensar la falta de ahorros de aquellas personas que optaran por el retiro de parte de sus fondos de pensiones.

Finalmente, el otro inciso que fue rechazado por el Senado por no alcanzar el quórum fue el de declarar inexpropiables los fondos de pensiones, iniciativa que fue impulsada por los senadores de la UDI en la Comisión de Constitución.