Senador Quintana: “este veto es un resabio de un presidencialismo exacerbado que no está acorde a lo que está viviendo en el país”

La sala del Senado rechazó el veto presidencial que buscaba evitar la implementación de la Ley de prohibe el corte del suministro de los servicios básicos en el contexto de la pandemia. Con este último paso en el Parlamento, el Gobierno deberá  promulgar la norma. 

El proyecto fue despachado para convertirse en Ley el pasado 11 de junio. Sin embargo el Ejecutivo lo vetó, argumentando que se trataba de un proyecto innecesario debido a que existía un acuerdo de palabra con las empresas del rubro de servicios básicos.

El senador Jaime Quintana se refirió a este tema, explicando que “el Parlamento ha actuado con diligencia y celeridad durante la pandemia, tanto en las medidas ingresadas por el ejecutivo como en aquellas de iniciativa parlamentaria que van en apoyo de los chilenos y chilenas que se han visto gravemente afectadas con la crisis. Este proyecto tuvo un retraso innecesario”.

“Este veto es un resabio de un presidencialismo exacerbado que no está acorde a lo que se está viviendo en el país. Estamos ante una Ley que beneficia directamente a las personas más vulnerables: a los adultos mayores, a quienes se han acogido a la Ley de protección del empleo, a los trabajadores independientes e informales”, señaló el legislador.

Finalmente, el senador explicó que “los Estados no realizan acuerdos de palabra. Los reglamentos se formalizan mediante decretos y reglamentos  que entregan el marco legal y de actuación a las partes involucradas

¿Quienes pueden beneficiarse con esta Ley?

Para poder solicitar el beneficio se debe pedir directamente a la empresa. Los requisitos son encontrarse dentro del 60% de la población más vulnerable, según el Registro Social de Hogares. Además se incluyó a adultos mayores y quienes estén acogidos a la Ley de Protección del Empleo. Por último, los trabajadores independientes o informales no comprendidos en alguna de las categorías anteriores, pueden también acceder al beneficio.

¿Cuánto dura el beneficio?

La iniciativa establece una vigencia de 30 días antes y 90 días después de publicada la Ley. En este lapso las empresas proveedoras de servicios sanitarios, las empresas de distribución eléctrica y de gas de red no podrán cortar el suministro por mora en el pago a diversos clientes.

Cuentas de luz y gas por red pueden prorratearse en hasta 12 meses. 

A nadie se le puede cortar ni la luz ni el gas por red y, quienes se acojan a la ley, pueden pagar el saldo en un máximo de 12 cuotas.