Senado aprobó ley que prohíbe corte de suministros de servicios básicos durante la pandemia
El Senado aprobó y despachó a ley el proyecto que prohíbe el corte del suministro de servicios básicos -luz, agua, telefonía, internet y gas– durante la duración del estado de emergencia por la pandemia de Covid-19.
La iniciativa fue visada por 28 votos a favor, ninguno en contra y 10 abstenciones, estas últimas principalmente de parlamentarios oficialistas de la UDI.
Esta nueva ley permite posponer el pago de estas cuentas hasta superada la emergencia y con la posibilidad de hacerlo hasta en 12 cuotas, como prefiera el cliente, además comenzará a regir para cuentas cuyo vencimiento fue el 18 de marzo en adelante, hasta 90 días después de publicada la ley.
El beneficio debe ser solicitado por las personas a las compañías para que sea activado, mientras que personas que eventualmente tengan los suministros cortados por no pago, los usuarios tendrán el derecho a la reposición sin costo.
Varios parlamentarios consideran que este proyecto va a servir como precedente de que el Estado puede tomar este tipo de medidas para proteger a los consumidores en situaciones especiales como esta.
Para la senadora DC Yasna Provoste, esta ley “va más allá” del acuerdo alcanzado en marzo entre el Ejecutivo y las empresas, el cual contemplaba solo hasta el 40 por ciento más vulnerable de la población.
“Este es un beneficio que al menos el 60 por ciento de la población más vulnerable y a todos los casos especiales que cambiaron o cambian su situación debido a la pandemia van a poder acceder. Este proyecto de ley además incluye el gas de red, que no contemplaba el acuerdo del Gobierno”, sostuvo.
Asimismo, esta iniciativa incluye que las empresas de internet deben proveer este servicio de forma gratuita para unos dos millones de estudiantes vulnerables.
Parlamentarios UDI cuestionaron constitucionalidad
Durante la tramitación de esta norma, parlamentarios de la UDI volvieron a cuestionar su constitucionalidad, pese a las buenas intenciones.
“Uno puede entender que hay una buena idea o un buen propósito, es razonable actuar de esa manera, pero al hacerlo no se repara cuales son los efectos constitucionales de esa acción y aquí se vulneran claramente los artículos 19, número 24 y 26 de la Constitución”, dijo el senador Juan Antonio Coloma.