Caso Catrillanca: Comienzan cuestionamientos a prisión preventiva de los imputados y las garantías de la investigación
Desde la 2° Comisaría de Temuco, el ex sargento de Carabineros, Carlos Alarcón, envió un mensaje a sus ex compañeros del Gope sobre cómo estaba viviendo la investigación en su contra por el fallecimiento de Camilo Catrillanca. De acuerdo a la fiscalía, él fue el autor del disparo que terminó con la vida del comunero.
El video, que no alcanza los tres minutos, rápidamente generó reacciones. Por un lado, Alarcón reconoce haber entregado falsas declaraciones, además de acusar presiones para mentir. Por otro, porque fue realizado en el recinto policial pesando sobre él la medida cautelar de prisión preventiva.
Es impresentable lo que estamos viendo”; “¿por qué este imputado tiene acceso a celular?”; y “la situación de comodidad en que se encuentra esta persona es impensada” fueron algunas de las críticas de querellantes y autoridades. De hecho, Carabineros abrió una investigación interna para establecer las responsabilidades correspondientes y el ministro del Interior, Andrés Chadwick, aseguró: “No puede ser aceptable que una persona que está en prisión preventiva tenga facilidades para grabar un video y poder distribuirlo”, asegurando haberle exigido a la institución que se cumplan “todas las exigencias reglamentarias” respecto aquellos que están con dicha cautelar en un recinto policial.
“Las consecuencias serían sobre el imputado” La posición de Alarcón no es única y está lejos de serlo. De hecho, es una práctica común que todos los miembros de las FF.AA. y policías cumplan dicha cautelar en recintos militares o especiales. Así ha ocurrido con los indagados en el millonario fraude en Carabineros, en la “Operación Huracán”, y con las detenciones ordenadas por la ministra Romy Rutherford en el marco de la indagatoria ligada al mal uso de dineros fiscales destinados a comisiones de servicio en el extranjero. Desde el Poder Judicial explicaron que, si bien un juez podría enviar al indagado a cualquier recinto del país, por norma de justicia militar y razones de seguridad, se opta por lo contrario. Principalmente, debido a que los imputados se exponen a agresiones o amenazas al encontrarse con un reo que ellos mismos detuvieron.
Ante el tema, el abogado penalista de la U. de Chile, Ramón Sepúlveda señaló que “todas las personas que cumplan con dicha cautelar deben hacerlo en recintos penitenciarios de la misma calidad o estándar. No influye si Carabineros tiene un recinto especial siempre que tengan la misma reglamentación que los otros reos. Ahora si van a estar en un recinto especial donde tengan otras garantías, comodidades o acceso a otro tipo de cosas como es un celular está mal”. Así, el litigante mencionó que en la cárcel de Santiago 1 hay un módulo separado para ex uniformados, entendiendo de los riesgos que podría sufrir al estar en contacto con el resto de la población penal.
Para el doctor en Derecho Penal, Marcelo Hadwa, el tema de fondo no es si la situación implica un “beneficio” sobre el resto de los internos, sino que la medida sea apta para satisfacer los fines por los cuales fue impuesta. “No debe perderse de vista que la prisión preventiva se dicta en contra de quien aún es considerado inocente por el ordenamiento jurídico. Esta medida, por tanto, no es una pena, sino que un sacrificio del derecho a la libertad del imputado para proteger intereses procesales como evitar la fuga y la protección de los elementos probatorios o para evitar que el imputado cometa delitos durante el proceso”, señaló a Emol.
Y en esa línea añadió: “Si está la posibilidad, no hay problema que se dé. Podría haber para el resto de personas por falta de igualdad, pero ¿cuántos casos son? Lo importante es que cuando son condenados cumplen en una cárcel normal”, y concluyó: “Se debe tener en cuenta que si el uniformado fuese obligado a cumplir la prisión preventiva en un recinto carcelario, de igual forma las autoridades penitenciarias lo aislarán del resto de la población penitenciaria (…) es decir, de igual modo se le aplicaría de una forma distinta que al resto de los imputados”. Así también, sostuvo creer que dicha cercanía con quienes fueron de la misma institución no afecta el proceso penal.
Por su parte, el académico Facultad de Derecho y Gobierno U. San Sebastián, Jaime Abedrapo, consideró que “no se puede hablar de beneficio o trato especial, sino más bien se aplica y ejecuta lo que establece la ley en el marco de la justicia militar”. Además, que lo irregular de la situación es que una persona privada de libertad tenga acceso a artefactos que permitan hacer este tipo de declaraciones, “pero las consecuencias serían sobre el imputado y según criterios de juez. El proceso penal seguirá su curso, solo que con esta información muy posiblemente se abra la investigación a nuevas aristas”. “Puede entenderse como un beneficio para ciertas personas, pero la prisión preventiva no es un castigo que se tenga que cumplir, es un sacrificio que se hace sobre la seguridad de las personas”
Marcelo Hadwa, penalista distinta opinión tiene Sepúlveda, quien aseguró que si el ex policía o uniformado va a estar sujeto a una normativa diferenciada, teniendo acceso, por ejemplo, a una cámara, “claramente va a afectar la investigación, porque está mandando como privado de libertad, que no solo genera una conmoción pública, sino que entorpece la investigación”. Y recalcó: “Si tienen una reglamentación que se ve menos rígida, afecta la indagatoria y todo lo que rodea a un caso tan grave como esto (…) Pero no hay que cerrar los ojos, en los centros penitenciarios también hay celulares, donde presos llaman y hacen estafas telefónicas, entonces lo que hay que entender que aquí hay una falta de regulación y cuidado de Gendarmería. Si ellos lo permiten, tenemos un problema y de eso de lo que hay que preocuparse, no de que estén en un recinto u otro”.
Fuente: Emol.