Cámara aprobó proyecto de ley que reconoce y regula derechos de personas con enfermedad terminal

La Cámara de Diputados aprobó de forma unánime el proyecto de ley de Reconocimiento y protección de los derechos de las personas con enfermedades terminales, y el buen morir, iniciativa impulsada por el Gobierno.

La norma “tiene por finalidad reconocer, proteger y regular el derecho de las personas en situación de enfermedad terminal a una adecuada atención de salud”.

El proyecto fue ratificado en general con 122 votos a favor, votación que también fue aplicada en particular a una indicación impulsada por la diputada Francesca Muñoz, de Renovación Nacional, la cual fue rechazada.

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Sin embargo, con 58 votos a favor, 56 en contra y ocho abstenciones, la indicación no prosperó.

No queremos que se dé espacio para la ambigüedad o una mala utilización de este buen proyecto de ley”, dijo la parlamentaria RN.

Por su parte, el diputado Vlado Mirosevic, del Partido Liberal, aseguró que “la aplicación de cuidados paliativos es la primera conquista para luego consagrar el derecho a la eutanasia. Quienes quieren oponer cuidados paliativos con eutanasia, como la bancada evangélica, no lo lograrán“.

Mientras que el presidente de la Comisión de Salud de la Cámara, el diputado PPD Ricardo Celis, sostuvo que los parlamentarios que promovieron la indicación “no han comprendido nada y están preocupados de una cuestión de dogma, en lugar de colocar el acento en la mitigación del dolor y de los cuidados del enfermo terminal no oncológico”.

Sebastián Torrealba, diputado RN, hizo hincapié en que este proyecto otorga “cuidados paliativos para aquellas enfermedades que son dolorosas, y no necesariamente es un freno a la eutanasia“.

La iniciativa legal, que ahora pasa a su tramitación en el Senado, reconoce los siguientes derechos:

  1. Ser informado en forma oportuna y comprensible de su estado de salud, del manejo de síntomas, formas de autocuidado y de los posibles tratamientos a realizarse.
  2. Cuidados paliativos, cuando corresponda, y de conformidad con los decretos, normas técnicas y guías clínicas elaboradas por el Ministerio de Salud.
  3. A ser acompañado por sus familiares o por quien la persona en situación de enfermedad terminal designe, en la forma que determine el respectivo reglamento.
  4. En general, a todos aquellos derechos establecidos en la Ley 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud y, en particular, reforzar la autonomía de los pacientes.