Piñera anuncia suma urgencia a proyecto que perfecciona el registro de ofensores sexuales
El Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley de imprescriptibilidad de delitos sexuales, conocida como “Derecho al tiempo” que establece que no se limitarán los plazos para perseguir penalmente a quien cometa un delito de índole sexual contra un menor. Durante la ceremonia el Mandatario además anunció que pondrá suma urgencia al proyecto que perfecciona registro de agresores sexuales.
Esta última iniciativa, que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados en marzo pasado, establece, entre otros aspectos, el deber de los fiscales de solicitar siempre la pena de inhabilitación absoluta perpetua para trabajar con menores de edad a quienes cometan delitos sexuales contra ellos.
“Chile tiene una deuda larga con la infancia”, sostuvo el Mandatario durante la ceremonia realizada en La Moneda durante la mañana de este jueves ante la presencia de ministros, parlamentarios y representantes de organizaciones sociales como el médico James Hamilton -víctima de Fernando Karadima- y la psicóloga Vinka Jackson, quienes fueron promotores de la iniciativa y cuya labor fue reconocida por Piñera quien les agradeció por “hacer avanzar a un país”.
Durante su intervención, el Presidente agregó que “atreverse hablar es especialmente difícil y más todavía cuando muchas veces deben enfrentar estructuras de poder que no comprenden correctamente y cuál es su lealtad porque la misión y lealtad de esas organizaciones tiene que estar siempre con los niños abusados, con las víctimas abusadas y nunca con unba mala entendida protección interna colectiva al interior de esas instituciones”.
La ley “Derecho al tiempo” también declara la imprescriptibilidad de todas las acciones civiles “de forma tal de perseguir también la responsabilidad de los cómplices y de los encubridores”, expresó el Mandatario.
Según consignó La Tercera, este proyecto fue aprobado después de que la comisión mixta zanjara las diferencias entre ambas Cámaras: en concreto, se resolvió restar a la violación con resultado de homicidio dentro del catálogo de delitos declarados como imprescriptibles. Según se explicó, su eliminación obedece a que, habiendo un homicidio de por medio, la víctima no podrá hacer ejercicio de su derecho de reclamación ante los tribunales de justicia.
Pero un segundo punto generó más polémica. Y es que finalmente se determinó que la ley no se aplicaría de manera retroactiva. Si bien el fondo de la medida era compartido por el Senado, se indicó que no es viable dada la necesidad de respetar el principio jurídico que rige al país en materia penal, que establece que las leyes comienzan a regir solo al momento de su entrada en vigencia oficial