Senado aprobó proyectos de teletrabajo y votación telemática

Senado aprobó el miércoles dos importantes proyectos de ley que tienen que ver con el teletrabajo y el que posibilita sesionar en el Congreso con votación telemática.

Respecto al primero, con 31 votos a favor, 1 en contra y dos abstenciones, la Sala del Senado aprobó y despachó a la Cámara de Diputados el proyecto que incorpora en el Código del Trabajo una serie de normas para regular el trabajo a distancia o el teletrabajo.

Si la iniciativa es aprobada prontamente por esa corporación, quedaría en condiciones de entrar en vigencia en abril y así permitir que los trabajadores puedan realizar sus labores desde sus hogares.

Si bien el proyecto fue presentado con anterioridad a la situación de emergencia epidemiológica, cobró mayor relevancia en este nuevo escenario.

En lo fundamental, regula el trabajo a distancia estableciendo una serie de disposiciones que resguardan los derechos de los trabajadores e innovando en un aspecto fundamental que permite la desconexión de los empleados por al menos 12 horas, entre jornadas de trabajo.

El proyecto crea un nuevo capítulo en el Código del Trabajo referido al teletrabajo y trabajo a distancia, estableciendo que el trabajador y el empleador podrán pactar, al inicio o durante la vigencia de la relación laboral, en el contrato de trabajo o en documento anexo al mismo, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.

Se entenderá por trabajo a distancia aquel en el que el trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos a los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa.

En tanto, se entenderá por teletrabajo los servicios prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o si tales servicios deben reportarse mediante estos medios.

La iniciativa establece que quienes se desempeñen bajo esta modalidad, tendrán todos los derechos individuales y colectivos y no podrán implicar en ningún caso un menoscabo a los derechos que le reconoce el Código del Trabajo, en especial, en su remuneración.

Se permite que el teletrabajo sea toda la jornada o parte de ella y los equipos, las herramientas y los materiales para el trabajo a distancia o para el teletrabajo deberán ser proporcionados el empleador.

En tal sentido, se precisa que el trabajador no podrá ser obligado a utilizar elementos de su propiedad y que los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de equipos serán siempre de cargo del empleador.

Asimismo, se señala que en caso de que la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo se acuerde con posterioridad al inicio de la relación laboral, cualquiera de las partes podrá unilateralmente volver a las condiciones originalmente pactadas en el contrato de trabajo, previo aviso por escrito a la otra con una anticipación mínima de treinta días.

VOTACIÓN TELEMÁTICA

También, el Senado aprobó por unanimidad el proyecto que autoriza al Congreso a sesionar por medios telemáticos en casos de excepción constitucional, iniciativa que había sido rechazada por la Cámara de Diputados. El Senado la repuso, la aprobó en general y particular, y la remitió a la Cámara para seguir su tramitación.

La iniciativa que tuvo su origen en una moción del senador Álvaro Elizalde y se enmarca dentro de las medidas para asegurar el funcionamiento de la corporación incluso en el peor escenario de cuarentena por contagio de Covid-19.

A esta iniciativa se suma otra de los senadores Felipe Harboe, Manuel José Ossandón, Jaime Quintana y Ximena Rincón que apuntaba en el mismo sentido, pero sin el carácter transitorio.

Previo a la discusión en Sala, en la Comisión de Gobierno, Regionalización y Descentralización, los senadores llegaron a la conclusión de que el voto telemático requería de un debate profundo, pero dada la urgencia, se necesita una norma transitoria ante la eventualidad de que el Parlamento no pudiera sesionar presencialmente por cuarentena.

La propuesta señala que “por el plazo de un año a contar de la publicación de la presente reforma, declarada una cuarentena sanitaria que impida sesionar a la Cámara de Diputados o al Senado, y mientras este impedimento subsista, por el acuerdo de los comités que representen a los dos tercios de los integrantes de las respectivas cámaras, ellas podrán sesionar y votar proyectos de ley y de reforma constitucional por medios telemáticos, asegurando la fidelidad de los participantes y la seguridad e integridad de las comunicaciones”.

En la Cámara, el proyecto se rechazó por no alcanzar cuórum, debido a que es una reforma constitucional. La propuesta exigía para su aprobación del voto favorable de 89 legisladores, margen que no se alcanzó al registrarse 82 votos a favor, 15 en contra y 11 abstenciones.